CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL
CONVENIO CIP Nº 003 – 2008
Conste el presente documento el Convenio de Cooperación Interinstitucional para prestación de servicios de atención odontológica con precios preferenciales para los miembros habilitados del Colegio de Ingenieros del Perú y de auspicio y promoción del presente convenio, que celebramos:
a) EL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU – CONSEJO DEPARTAMENTAL CUSCO, con numero de RUC 20187508135 presentado por su Decano Ingeniero Jorge Efraín Rozas Velasco, identificado con DNI Nº 23837613, con domicilio Institucional en Calle Julio C. Tello C-11 Santa Mónica del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco; y de otra parte;
b) HAOC EIRL, representada por su Director Dr. Andrés Ojeda Cornejo, identificado con DNI Nº 29219189 con domicilio Institucional en el inmueble Av. Diagonal Zavaleta Nº 173 del Distrito de Wanchaq, Provincia y Distrito del Cusco; acto jurídico que celebramos en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA – DE LOS ANTECEDENTES
1.1 EL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU, fue creado el 8 de junio de 1962 y normado bajo la Ley Nº 24648 del 20 de enero de 1987, que constituye un ente Deontológico sin fines de lucro que agremia a los profesionales ingenieros en el ámbito del territorio del Perú los cuales se suscriben en los Consejos Departamentales constituyendo el presente convenio al Consejo Departamental del Cusco.
1.2 HAOC EIRL., que constituye una empresa que brinda los servicios de atención odontológica.
SEGUNDA – MARCO LEGAL
El presente convenio tiene sustento legal en lo dispuesto por las siguientes normas legales:
2.1 DEL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU
a) Ley Nº 24648 del 20 de enero de 1987.
b) Estatuto del Colegio de Ingenieros del Perú.
TERCERA – DE LA JUSTIFICACION
3.1 Dentro de las funciones del COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU a través del Instituto de Servicios Sociales se encuentra la promoción de convenios con entidades estatales o privadas con la finalidad de brindar a los agremiados servicios y beneficios con la suscripción de los mismos.
3.2 El Instituto de Servicios Sociales tiene como fin primordial velar por la integridad de la salud de nuestros agremiados.
3.3 Con la finalidad de generar la promoción de los servicios producto de los convenios suscritos con el SS en coordinación con la Oficina de Imagen Institucional prevé los mecanismos de difusión con la intervención de las partes intervinientes en el Convenio.
CUARTA – DEL OBJETO
4.1 Generar el descuento preferencial corporativo en la atención estomatológica de los Ingenieros Colegiados Hábiles y sus dependientes. Dichos descuentos tendrán el origen del 25 % en todas las atenciones que brinda HAOC EIRL. Sin restricción alguna.
4.2 Generar campañas de salud dental para los agremiados y sus familiares lo cual implica realizar acciones específicas EN COORDINACION CON EL Instituto de Servicios Sociales.
4.3 EL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU – CONSEJO DEPARTAMENTAL CUSCO, promueve la difusión del presenta Convenio a todos los agremiados mediante la Oficina de Imagen Institucional, realizando comunicados notas de prensa, la revista Institucional y la INTERNET por medio de la pagina Web.
QUINTA – DE LOS BENEFICIARIOS
5.1 El presente Convenio beneficiara a los agremiados del EL COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU – CONSEJO DEPARTAMENTAL CUSCO quienes podían acceder a costos preferenciales en la atención odontológica.
5.2 HAOC EIRL. Tendrá una gran cobertura de nuestros agremiados con los beneficios implícitos que esto conlleva.
SEXTA – OBLIGACIONES DE LAS PARTES
6.1 Son obligaciones del COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU:
a ) Formalizar el presente convenio e incluirlo dentro de los servicios y beneficios que brinda el COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU – CONSEJO DEPARTAMENTAL CUSCO.
b) Realizar la promoción del presente convenio mediante comunicados y notas de prensa.
c) Incluir al presente convenio dentro de la revista oficial del CIP – Cusco específicamente en la sección correspondiente al Instituto de Servicios Sociales.
d) Remitir vía correo electrónico a los e-mails de nuestros agremiados de manera periódica y constante para que se suscriban y sean beneficiarios del presente convenio.
e)Supervisar de manera periódica y constante el cumplimiento de los descuentos preferenciales en los servicios de atención odontológica, que brinda el presente convenio.
6.2 Son obligaciones de HAOC EIRL.:
a) Brindar los servicios de atención odontológica a los Ingenieros Colegiados Hábiles con descuentos preferenciales del 25 % en todos los servicios, que presta HAOC EIRL. y a sus dependientes.
b) Garantizar una atención de calidad en los servicios que presta la Clínica.
c) Apoyar de manera constante en la promoción del presente convenio mediante el auspicio de la Revista Oficial del COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU “Ingeniería y Desarrollo”
SEPTIMA – DEL PLAZO Y VIGENCIA DEL CONVENIO
Esta cláusula indica la vigencia del presente convenio, el cual puede variar, por favor consulte en nuestras oficinas, local del Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Cusco. Urb. Larapa Grande A1
OCTAVA – RESOLUCION DEL CONVENIO
Son causales para la resolución del convenio:
a) por incumplimiento de las partes respecto de las cláusulas y obligaciones establecidas en el presente convenio, previa notificación o requerimiento de la parte interesada con 15 días de anticipación.
b)Por razones de índole presupuestal.
c) Cuando no se cumpla con los objetivos trazados en el presente documento.
d) Causas de fuerza mayor o caso fortuito no atribuibles a las partes.
e) Mutuo acuerdo de las partes.
f) Las que señale la Ley.
TARIFAS COLEGIO DE INGENIEROS
TARIFAS ODONTOLOGICAS |
TARIFA NORMAL |
TARIFA C. INGENIEROS |
RADIOGRAFIA |
50.00 |
35.00 |
EXODONCIA SIMPLE |
50.00 |
35.00 |
EXODONCIA SEMIRETENIDA |
250.00 |
175.00 |
EXODONCIA RETENIDA |
500.00 |
350.00 |
CIRUGIA CERRADA |
500.00 |
350.00 |
CIRUGIA ABIERTA |
250.00 |
175.00 |
OBTURACION EN RESINA (`Por superficie) |
50.00 |
35.00 |
ENDODONCIA UNIRADICULAR |
150.00 |
105.00 |
ENDODONCIA BIRADICULAR |
250.00 |
175.00 |
ENDODONCIA TRIRADICULAR |
350.00 |
245.00 |
BLANQUEAMIENTO INMEDIATO (por diente) |
50.00 |
35.00 |
PROFILAXIA TOTAL |
200.00 |
140.00 |
FLUORIZACION (por caso) |
100.00 |
70.00 |
SELLANTES POR DIENTE |
50.00 |
35.00 |
PROTESIS REMOVIBLE |
|
|
PROTESIS TOTAL (por placa) |
800.00 |
560.00 |
PROTESIS PARCIAL ACRILICA (por placa) |
700.00 |
490.00 |
PROTESIS PARCIAL METALICA (por placa) |
850.00 |
595.00 |
PROTESIS FIJA |
|
|
CORONA ACRILICA |
550.00 |
385.00 |
CORONA IVOCROM |
650.00 |
455.00 |
CORONA CROMERO |
800.00 |
560.00 |
CORONA METAL CERAMICA |
900.00 |
630.00 |
CORONA LIBRE DE METAL |
900.00 |
630.00 |
PONTICO METAL ACRILICO |
1080.00 |
735.00 |
PONTICO METAL IVOCROM |
100.00 |
70.00 |
PONTICO METAL CEROMERO |
200.00 |
140.00 |
PONTICO METAL CERAMICA |
250.00 |
175.00 |
Tipo de Tratamiento |
Tarifa Preferencial |
Tarifa Normal |
Examen dental |
gratis |
35.00 |
Restauraciones con resina |
35.00 |
41.70 |
Sellante de pieza |
35.00 |
41.70 |
Fluorización (4 sesiones) |
70.00 |
83.30 |
Profilaxis (Ultrasonido) |
140.00 |
166.60 |
Blanqueamiento sup. Inf. |
700.00 |
833.30 |
Blanqueamiento un solo diente |
35.00 |
41.70 |
Extracción |
35.00 |
41.70 |
Cirugía de dientes detenidos |
245.00 – 350.00 |
295.554 – 416.50 |
Endodoncia de dietes anteriores |
175.00 |
166.60 |
Endodoncia de dientes posteriores |
245.00 – 350.00 |
295.55 – 416.50 |
Tratamiento pulpar en dientes temporales |
175.00 |
208.30 |
Carillas de porcelana |
665.00 |
791.40 |
Coronas de porcelana |
665.00 |
791.40 |
Prótesis fija en porcelana por pieza |
770.00 – 210.00 |
916.30 – 249.90 |
Coronas de Ivocrom |
385.00 |
458.20 |
Prótesis fija en invocrom por pieza |
De acuerdo al caso |
|
Prótesis parcial removible (base cromo) |
595.00 |
708.10 |
Prótesis completa sup. e inf. |
595.00 |
708.10 |
Perno muñón |
105.00 |
125.00 |
Incrustación en artaglass |
595.00 |
708.10 |
Rebasado de prótesis |
70.00 |
83.30 |
Placa de relajamiento muscular |
70.00 |
83.30 |
Radiografías periapicales |
35.00 |
41.70 |
Radiografías oclusales |
35.00 |
41.70 |
Modelos de estudio |
gratis |
70.00 |
Mantenedores de espacio |
175.00 |
208.30 |
Ortodoncia removible |
De acuerdo al caso |
|
Ortodoncia fija |
De acuerdo al caso |
|
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